Este artículo examina la futura implementación del Acuerdo de Libre Comercio entre Mercosur y la Unión Europea, cuya conformidad con el Derecho de la Unión está previsto que sea evaluada próximamente por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Se ofrecerán actualizaciones sobre los desarrollos más importantes y sus posibles implicaciones legales tan pronto como se produzcan novedades.
El 9 de enero de 2026, los Estados miembros de la UE aprobaron la firma del Acuerdo de Asociación UE–Mercosur (EMPA) y de un Acuerdo Comercial Interino (iTA), un hito histórico tras más de 25 años de negociaciones.
El iTA tiene como objetivo habilitar de manera provisional beneficios comerciales clave, mientras que el EMPA integral, que incluye capítulos políticos y de cooperación, requiere la ratificación de todos los Estados miembros. La aprobación del Parlamento Europeo es indispensable para su entrada en vigor. La firma por parte del Mercosur está programada para el 17 de enero de 2026 en la ciudad de Asunción.
El acuerdo crea una de las zonas de libre comercio más grandes del mundo y tiene como objetivo, entre otros, hacer que las exportaciones de la UE más competitivas – mismas que actualmente enfrentan aranceles altos (p. ej., hasta 35% en autos y partes) –, reducir las barreras no arancelarias y consolidar los estándares de sostenibilidad. Para importaciones agrícolas sensibles se contemplan salvaguardas, cuotas y mecanismos de crisis. Paralelamente, se han endurecido los controles de importación (p. ej., residuos de plaguicidas). Los capítulos de sostenibilidad y derechos laborales constituyen un elemento central.
En 2024, el comercio de bienes entre la UE y el Mercosur sumó alrededor de €111 mil millones. Los modelos apuntan a efectos globales positivos, aunque moderados, con ventajas claras para las industrias de la UE. En el ámbito político persisten resistencias, sobre todo en Estados miembros con fuerte sector agrícola, por lo que conviene seguir de cerca el proceso parlamentario.
1. Reducción arancelaria, acceso a mercado y reglas de origen
2. Sostenibilidad, cumplimiento y cadenas de suministro
3. Barreras no arancelarias y regulación
4. Contratación pública y solución de controversias
1. Estudio de impacto:
2. Estrategia comercial y go‑to‑market:
3. Preparación regulatoria y de cumplimiento:
4. Diseño de cadena de suministro:
5. Financiamiento:
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Fecha: 14 de enero de 2026